El Sumario – En la Gaceta Oficial N°41.239 y a través del decreto N° 3.085, se confirmó la reducción hasta el 3% por montos iguales o inferiores a dos millones de bolívares al Valor Agregado (IVA) para operaciones de pagos electrónicos.

También, esta medida entra para los pagos que superen la cifra de cinco millones, tanto para personas naturales como jurídicas, siendo el valor del IVA del 5%.

Según detalló la gaceta, en estas rebajas entrarán para la a adquisición de bienes y servicios con el Impuesto al Valor Agregado percibido, las importaciones definitivas de bienes inmuebles, la adquisición de metales y piedras preciosas como oro, oro platinado, plata, platino, diamante.

La resolución aclara que cuando el pago sea a través de medios no electrónicos se aplicará la alícuota prevista en el artículo 62 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley que establece el IVA.

Krystian Tovar

Con información de El Universal